Riyadh (UNA) - La Autoridad de Alimentos y Medicamentos del Reino de Arabia Saudita ha aclarado que existen controles y condiciones relacionados con los productos importados, incluidos medicamentos, dispositivos y suministros médicos que están en posesión de las oficinas de asuntos de peregrinos o del gobierno oficial. agencias que vienen al Reino para el uso de los pacientes pertenecientes a la misión.
La autoridad indicó que debe comprometerse a suministrar medicamentos, dispositivos médicos y suministros a través de puertos aéreos aprobados (Aeropuerto Internacional Rey Abdulaziz en Jeddah, y Aeropuerto Príncipe Muhammad bin Abdulaziz en Medina) durante el período de (15) Shawwal a (30) Dhu al-Qi'dah, y no se llevará a cabo. Acepte aclarar lo que se contiene aparte de este período.
Los documentos y datos oficiales relacionados con medicamentos, dispositivos e insumos médicos también deben presentarse al Ministerio de Hajj y Umrah a través de la vía electrónica (solicitud de insumos médicos) antes de la llegada del envío en un período no menor de quince (15) días. días.
La autoridad dijo que una de las condiciones más importantes que deben cumplir todas las oficinas de asuntos del Hajj es exportar las cantidades restantes de medicamentos y suministros médicos a la salida de la misión del Reino, de acuerdo con una declaración de aduanas, y no está permitido distribuir excedentes o cantidades restantes de medicamentos, dispositivos y suministros médicos a ninguna de las partes. Tampoco está permitido mantenerlos en locales residenciales después del final de la temporada del Hajj, y es necesario reexportarlos para que no estén expuestos a daño.
Las condiciones y requisitos no permiten el suministro de dispositivos de radiología o dispositivos e insumos médicos que contengan materiales radiactivos, o medicamentos y productos farmacéuticos que contengan materiales que se encuentren dentro de las listas de prohibidos a nivel local e internacional, el “Sistema” tiene derecho a rechazar cualquier producto o cantidad que considere más que la necesidad de la misión. La Oficina de Asuntos Hajj debe estimar el consumo anual en función de lo que se consumió durante los años anteriores y no suministrar grandes cantidades que excedan la necesidad. También está prohibido para los Asuntos Hajj oficinas para el suministro de alimentos con fines de subsistencia, sino que los contratistas de subsistencia son responsables de proporcionarlos.
Con respecto a las condiciones y controles para productos como medicamentos, productos farmacéuticos o dispositivos y suministros médicos que se incluyen con los médicos que acompañan a las campañas del Hajj que llegan a través de puertos aéreos, marítimos o terrestres para uso de emergencia de los peregrinos durante el período de movimiento a los lugares santos y los impedimentos al abastecimiento de víveres, deben ser sólo para casos de emergencia y en cantidades que cubran las necesidades del personal de campaña que acompaña al médico para su uso personal durante el viaje y traslado a las sedes residenciales o lugares santos y hasta que se asocien posteriormente a la Oficina de Asuntos del Peregrino.
Se prohíbe el suministro de estupefacientes o drogas controladas con médico para uso de los peregrinos durante el período de desplazamiento para llegar a los lugares sagrados, y se prohíbe el suministro de productos que contengan materiales que se encuentren dentro de las listas de prohibidos a nivel local e internacional, y No está permitido el suministro de aparatos de radiología o dispositivos e insumos médicos que contengan materiales radiactivos, así como también está prohibido el suministro de alimentos Para las campañas y consultorios del Hajj, no es necesario transportarlos con el médico que acompaña la campaña Medicamentos e insumos médicos debe estar bajo la responsabilidad del médico que acompañe la campaña, y éste deberá reexportar las cantidades restantes de los mismos al salir del Reino.
Llama la atención que la “autoridad” requiere la disponibilidad de documentos del médico acompañante de campaña para aprobar la habilitación, incluyendo una carta del Ministerio de Salud al que pertenece el médico acompañante de campaña, indicando que está asignado para acompañar la campaña. prestar servicios de tratamiento de urgencia, o adjuntar recetas médicas que expliquen la necesidad de los pacientes acompañantes, y que no se desembolsen salvo a los peregrinos, la campaña únicamente, y reexportar el resto a la salida del Reino.
(se acabó)